¿Es posible hablar o establecer un debate sobre los derechos de autor en España sin hablar de del eMule, o de Ramoncín? Coincidiréis conmigo en que, como mínimo, se hace extraño, pero voy a intentarlo porque de la piratería los que tienen que hablar son los jueces y punto.
En mi opinión el problema de fondo, en España y en otros muchos países, es la incrompensible y exageradísima duración de los derechos de autor. Es decir, la duración del monopolio intelectual que a un autor se le otorga sobre su obra. La duración de los derechos de explotación que permiten al titular de los mismos (generalmente el autor pero no siempre) ejercer el control casi absoluto sobre su obra, sobre su producto o su creación hasta que estos se extingan y pasen al dominio público.
Estos derechos a los que hago referencia, se extienden en España durante toda la vida del autor y 70 años después de su muerte.
Para leer y entender el resto del post recomiendo haber al menos ojeado el artículo La confusión entre el plagio y las Creative Commons que aclara bastantes leyendas urbanas sobre el copyright en la red. Si os interesa ampliar información sobre el tema, podéis echarle un vistazo al post Contra el monopolio intelectual ya que de ahí sacaré algunas ideas para esta reflexión.
Y la reflexión empieza tal que así: ¿cuántos de los blogs que han bramado a favor de las descargas por internet (o en contra de ellas) usan en sus páginas imágenes de dominio público o con licencia Creative Commons que permita un uso comercial? La respuesta es prácticamente ninguno. Matizar aquí que, aunque hay margen para la interpretación, si ganas dinero con algún sistema publicitario en tu blog se puede considerar que estás haciendo un uso comercial de las imágenes del mismo. Y por lo tanto, o la imagen es de dominio público o no sólo infringes el copyright sino también la licencia Creative Commons. A bote pronto, sólo Bloguismo en su buenísima sección jurídica y páginas web de abogados especializados en la cuestión cuidan este aspecto.
Nosotros, en Blogoff, desde luego no lo hacemos (aunque intento no hacerlo). Ir a Google Imágenes, poner “Descargar vídeos de YouTube” y coger el primer logo que veas para ilustrar un post de tu blog sobre el tema infringe los derechos de propiedad intelectual. Y lo mismo al revés. Esta misma semana me enteré de que el programa YouTube Downloader (muy popular y mencionado recientemente en Lifehacker) usa como logo uno que creó nuestro colaborador Tom para un viejo artículo al respecto.
La gente de YouTube Downloader no se ha puesto en contacto con nosotros para usar el logo por lo que están atentado contra nuestros derechos de autor. Pero igualmente nosotros, en esa obra derivada, usamos el logo de YouTube sobre el cual no tenemos los derechos por lo que a su vez atentamos contra los derechos de explotación de YouTube.
Este ejemplo lo pongo porque en internet, los bloggers somos muy dados a poner el grito en el cielo cuando nos tocan nuestras creaciones, pero luego nos ayudamos en las mismas de creaciones ajenas, de autores a los que no les pedimos permiso. Lo que -y aquí me adelanto un par de párrafos- me parece perfectamente natural y necesario para la innovación.
Por lo tanto, en España, los derechos de autor, sólo gracias a Google Imágenes, Tuenti o Flickr se maltratan sistemáticamente y sin ningún remordimiento por parte de los infractores (yo sigo durmiendo muy bien por las noches, no sé vosotros).
El problema es el siguiente: ¿qué pasa si quisiéramos hacer las cosas BIEN, de acuerdo con la legalidad vigente?
Pues que mientras que la duración de una patente en España es de 20/25 años, la duración del monopolio intelectual ya hemos visto cuál es: en Blogoff tendríamos que esperar del orden de 150 años para usar el logotipo de YouTube sin su consentimiento. Y el creador de YouTube Downloader esperar otros 150 años para poder pegarle nuestro logo a su programa sin pagarnos un duro.
Tendrían que pasar 300 años para que el logo de YouTube Downloader fuera el que es hoy mismo.
Toc, toc… ¿se me oye? ¿Cómo demonios queremos fomentar la innovación y la difusión cultural en la era de internet con estas cifras?
De hecho las patentes duran de media “sólo” 20 años por ese mismo motivo: para que las invenciones se incorporen a los procesos productivos de forma competitiva y esto repercuta en un mayor beneficio para consumidores y productores. Se entiende que con un monopolio de 20 años es suficiente para haber rentabilizado esa inversión inicial tan costosa en términos de investigación de la invención. Y claro ¿quién no quiere un monopolio? Con las patentes hay mucha picaresca y mucha habilidad para cambiar un par de detalles de la invención y que se renueve la patente por otros cuantos años.
Sin embargo con la Cultura (sí, la que empieza con mayúscula, la que da tantos puestos de trabajo y es tan fundamental para el desarrollo de un país) no tenemos este problema: damos de mano el monopolio durante 150 años y pista. Y es un monopolio en toda regla porque tú, al día de hoy, no puedes usar imágenes de Los Simpsons sin soltarle la pasta correspondiente a Matt Groening, a la Fox o a quien en última instancia sea el titular de los derechos. Si los Simpsons se rigieran por la duración de las patentes, el primer episodio de la serie ahora mismo sería de dominio público y cualquier persona podría usarlo del mismo modo que puede usar Metrópolis de Fritz Lang sin soltar un euro. De hecho los Simpson probablemente sean marca registrada lo que significa que los derechos se pueden renovar por los siglos de los siglos.
Como os imaginaréis, Los Simpsons dan mucha pasta. De hecho ya es mítico el gráfico en que cada vez que el ratón Mickey Mouse iba a pasar a dominio público en Estados Unidos, casualmente se extendían los derechos de explotación en ese país.
(ignoro la fuente original del gráfico, lo he buscado en Google :-P)
Todo esto con el agravante de que en el caso de los libros, el 80% de las ventas se realizan en los tres primeros meses. En el caso de las películas, o se rentabiliza la inversión en el primer mes o el negocio se vuelve complicado.
Con este desfase entre el tiempo que lleva de media rentabilizar la inversión y el tiempo que tiene que pasar hasta que se extingan los derechos, la infracción reiterada de los derechos de autor en los países civilizados me parece condición fundamental para que exista innovación y avance cultural.
¡Pero OJO!: es el desfase el que me parece que justifica esa afirmación, no el hecho de que existan derechos de propiedad.
Este es el momento en el que mucha gente se pierde porque en España parece que hay que pensar por “paquetes”: o estás en contra o a favor, pero si te quedas por el medio eres un raro. Y un tipo muy poco 2.0 porque no se te puede taggear.
Me parece estupendo que exista la propiedad intelectual. No es que sea estupendo, es que es necesaria para que el creador pueda vender su obra en el mercado. Si no creyera en los incentivos que genera la propiedad privada creo que no habría aguantado en la facultad de Económicas más de un año y actualmente estaría viviendo en un falansterio.
Una cosa es que el autor pueda vender su obra (propiedad intelectual – necesaria, fundamental y en mi opinión, buena ) y otra que le demos la oportunidad de decidir que pasará con ese producto, después de vendido, hasta el fin de los tiempos. Los mal llamados defensores de la propiedad intelectual (lo que defienden es el monopolio) piden una y otra vez que se equipare la propiedad intelectual con otro tipo de propiedades.
Pasando por alto lo absurdo del planteamiento (si compartes conmigo una idea, no dejas de tenerla por el hecho de vendérmela como si fuera una “cosa” más) por mí estupendo: porque cuando compro un coche, el vehículo pasa a ser de mi propiedad y puedo hacer con él lo que me de la gana. Y si se lo presto a un amigo para ir al monte un fin de semana, no tengo que pagar un canon compensatorio a SEAT por las potenciales (y discutibles) pérdidas que esto les pueda provocar.
Y si esto no vale y pasamos al terreno de: “pero es que la Cultura es el motor social de un país” (dicho poco después de rebajarla comparando el precio de la misma con el precio de los cubatas) entonces, señoras y señores titulares de los derechos de explotación de las obras: bajen la duración del copyright. Todo no se puede tener.
Osea: queremos un monopolio y queremos que dure cada vez más, cuando en ningún momento de la historia había sido tan fácil y tan barata la difusión de obras culturales.
Internet ha reducido sus costes de difusión de obras de forma escandalosa: es el momento de que ustedes reduzan la duración de sus derechos para que salgamos ganando todos. Porque, efectivamente, los derechos de los creadores son fundamentales pero también lo son los de los consumidores. De hecho: todos somos creadores de cultura y todos somos consumidores de cultura.
¿Y por qué el título? Porque este debate sobre la duración de los derechos de autor no es que no salga en los medios, es que no existe y en mi opinión es el problema de fondo, tapado por las idas y venidas de la piratería. Las Creative Commons precisamente surgen como alternativa a este modelo pero por muy populares que nos empeñemos en hacerlas, la realidad es que la infracción de derechos de propiedad intelectual está a la orden del día: en los bloggers usando imágenes sin consentimiento, en los periódicos plagiando artículos de blogs, en las instituciones públicas, en los centros educativos…
Y no me creo que exista un sólo ciudadano en España que en algún momento de su vida no haya usado una obra protegida por derechos de autor sin consentimiento explícito del titular. No me creo que haya esperado 150 años para usarla de forma gratuita y pública. No me lo creo porque ésto sería contrario a la propia naturaleza e interés humanos en imitar e innovar basándonos en las ideas de los demás.
Y si tenemos una legislación que va en contra de la propia naturaleza humana y en favor de los beneficios de unas pocas empresas apaga y vámonos.
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