domingo, 5 de abril de 2009

Los contratos que firma un autor

El autor (músico) para ver su creación terminada, debe firmar una serie de contratos, que variarán en función del número de músicos intérpretes, la aparición de otros competidores, etc.

Contrato discográfico: con este contrato el artista cede los derechos de explotación de una grabación realizada en un día señalado. Es decir, el artista cede los derechos de reproducción y comunicación pública de esa obra concreta.

Contrato editorial: con este contrato el artista cede todos los derechos de explotación de letra y música. Es decir, el artistas cede los derechos de reproducción, comunicación pública, distribución y transformación a una empresa que será la propietaria legal de la música compartiendo con el artista los derechos de autor generados. Los beneficios que tiene tu disco y que gestiona la SGAE se reparten en un 50%-50% entre tu editor y tu.

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