El autor (músico) para ver su creación terminada, debe firmar una serie de contratos, que variarán en función del número de músicos intérpretes, la aparición de otros competidores, etc.
Contrato discográfico: con este contrato el artista cede los derechos de explotación de una grabación realizada en un día señalado. Es decir, el artista cede los derechos de reproducción y comunicación pública de esa obra concreta.
Contrato editorial: con este contrato el artista cede todos los derechos de explotación de letra y música. Es decir, el artistas cede los derechos de reproducción, comunicación pública, distribución y transformación a una empresa que será la propietaria legal de la música compartiendo con el artista los derechos de autor generados. Los beneficios que tiene tu disco y que gestiona la SGAE se reparten en un 50%-50% entre tu editor y tu.
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